Reglamento europeo sobre el ruido en las motocicletas.
Con fecha 12-12-2025 el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) publica el Reglamento 41 que establece las prescripciones uniformes relativas a la homologación de motocicletas por lo que respecta al ruido.
Esta disposición se aplica a los vehículos de la categoría L3 (motocicletas de dos ruedas sin sidecar) en lo referente al ruido.
Las especificaciones recogidas pretenden reproducir los niveles acústicos que generan los vehículos en la conducción urbana normal.
También establece disposiciones suplementarias sobre emisiones acústicas en condiciones reales de conducción (RD-ASEP) para los vehículos de la categoría L3 en relación con las condiciones típicas de conducción en carretera, como grandes aceleraciones y cargas elevadas del motor en tráfico urbano y suburbano, excepto en autopistas.